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Del Distrito Sanitario Granada-Metropolitano

Condenan al SAS a pagar 4.500 euros a una enfermera que realizaba funciones superiores sin nombramiento oficial

Ciudadanía - Indegranada - Martes, 26 de Mayo de 2026
La sentencia es firme y reconoce a la enfermera su derecho a percibir retribuciones por el trabajo realmente realizado como enfermera de enlace-gestora de casos, aunque no existía designación formal del puesto.
Una protesta de SATSE en defensa de Enfermería.
SATSE Granada
Una protesta de SATSE en defensa de Enfermería.

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Granada ha logrado un nuevo pronunciamiento favorable que, en este caso, obliga al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a abonar 4.543,61 euros a una enfermera que desempeñó en un puesto del Distrito Sanitario Granada-Metropolitano durante más de un año funciones de gestora de casos sin contar con un nombramiento oficial ni percibir la retribución correspondiente.

Estas funciones incluyen la atención a pacientes con alta complejidad clínica, coordinación asistencial, continuidad de cuidados y planificación individualizada, es decir, responsabilidades de mayor cualificación y exigencia profesional

La resolución judicial, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, analiza el caso de una enfermera del Distrito Sanitario Granada-Metropolitano que, pese a ocupar formalmente una plaza de enfermera, asumió funciones propias de enfermera gestora de casos desde diciembre de 2021 hasta febrero de 2023.

Tal y como explica el Sindicato de Enfermería, estas funciones incluyen la atención a pacientes con alta complejidad clínica, coordinación asistencial, continuidad de cuidados y planificación individualizada, es decir, responsabilidades de mayor cualificación y exigencia profesional.

El fallo, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, reconoce que la profesional realizó de manera efectiva estas funciones durante más de un año, por lo que debía percibir las condiciones económicas del puesto desempeñado, independientemente de que no existiera un nombramiento formal por parte de la Dirección Gerencia.

Igual trabajo, igual retribución

Así, el Sindicato de Enfermería explica que en este caso se aplica una doctrina consolidada en la jurisprudencia que establece que debe garantizarse el principio de “a igual trabajo, igual retribución”, evitando que la Administración obtenga un beneficio injusto al asignar funciones de mayor responsabilidad sin compensación económica.

La magistrada concluye que el derecho de la profesional a percibir las diferencias salariales no puede quedar condicionado a la existencia de un acto formal de nombramiento cuando ha quedado acreditado el desempeño efectivo de las funciones

En este sentido, la magistrada concluye que el derecho de la profesional a percibir las diferencias salariales no puede quedar condicionado a la existencia de un acto formal de nombramiento cuando ha quedado acreditado el desempeño efectivo de las funciones.

La resolución incide en que las normas organizativas o presupuestarias no pueden servir de excusa para justificar una desigualdad retributiva cuando se realiza, en la práctica, el trabajo propio de un puesto superior. Así, considera que negar la compensación económica en estos casos supondría un trato injustificado y contrario a los principios de igualdad y justicia retributiva que rigen en el empleo público.

En consecuencia, el fallo estima el recurso presentado por la enfermera, anula la desestimación previa del SAS y reconoce su derecho a percibir las diferencias retributivas, fijadas en 4.543,61 euros. La sentencia, además, es firme y no puede ser recurrida, lo que refuerza su relevancia como referencia para situaciones similares dentro del sistema sanitario público.

Insta al SAS a corregir estas prácticas y garantizar que todas las funciones efectivamente desempeñadas por las enfermeras y enfermeros sean adecuadamente reconocidas y remuneradas

Corregir esta situación

Desde SATSE se ha valorado de forma muy positivamente esta resolución pues, denuncia, este tipo de situaciones no son aisladas, sino que responden a una práctica extendida en la que profesionales de Enfermería asumen funciones de mayor responsabilidad sin la retribución correspondiente, como pueden ser coordinadoras, supervisoras y otros cargos, tanto intermedios como de puestos directivos.

Por ello, la organización sindical ha instado al SAS a corregir estas prácticas y garantizar que todas las funciones efectivamente desempeñadas por las enfermeras y enfermeros sean adecuadamente reconocidas y remuneradas. Asimismo, anima a los profesionales que se encuentren en situaciones similares a reclamar sus derechos, recordando que esta sentencia firme refuerza la seguridad jurídica de estas reclamaciones.

El sindicato señala que continuará utilizando todas las vías, incluida la judicial, para defender los derechos laborales y económicos de la Enfermería andaluza frente a cualquier situación que suponga un menoscabo de sus condiciones de trabajo.