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Dos hombres, condenados por caza furtiva de cabra montés en la Sierra de Lújar

Ciudadanía - IndeGranada - Martes, 26 de Julio de 2022
Varios ejemplares de cabra montés en Órgiva, junto a la Sierra de Lújar.
IndeGranada/archivo
Varios ejemplares de cabra montés en Órgiva, junto a la Sierra de Lújar.

Dos personas han sido condenadas a cuatro meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros por caza furtiva de cabra montés en la Sierra de Lújar. La condena por este delito contra la fauna también incluye también la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de caza durante 1 año, así como el pago de las costas (3.600 euros). 

El caso se remonta a 2017. Dos ciudadanos británicos, interesados en cazar cabra montés, contactaron con uno de los dos condenados, J.C.C., a través de su página web, en la que se anunciaba y se encargaba de las gestiones y documentación necesaria para las batidas. "Tras acordar las condiciones y pactar los términos y precio para la batida de cabras montesas, el día 19/10/2017 J. C.C. y J. P. V. (el otro condenado), quien realizaba labores de guía, actuando de común acuerdo y sin estar autorizados para ello, acompañaron" a los dos ciudadanos británicos "hasta el coto Sierra Lújar y el club deportivo Camacho, en el partido judicial de Órgiva, donde respectivamente abatieron las piezas de cabras montesas macho", indica la sentencia, que no detalla cuántos ejemplares murieron. 

La asociación AGMADA (Abogados Granadinos por el Medio Ambiente y los Derechos de los Animales) se personó en el caso como acusación particular, al conocer que en la zona de Órgiva "se están dando situaciones de caza en cotos sin autorización desde hace varios años" y tuvo conocimiento de que se estaban instruyendo diligencias por un presunto delito de caza furtiva en los cotos de Sierra de Lújar y Camacho. El caso ha conllevado una prolija instrucción de la causa en los juzgados de Órgiva, con intervención del Seprona, y recientemente se ha celebrado el juicio oral con el resultado de conformidad prestada por los acusados, añade la asociación.

AGMADA considera que, aunque la pena que se impone pueda parecer de poca entidad, "es la que nos permite aplicar el código penal vigente y por ello consideramos que ha sido un triunfo, dado que en estos asuntos es muy difícil llegar a juicio", mientras las asociaciones en defensa del derecho animal y ambiental luchan por un endurecimiento de las penas en este tipo de delitos por el impacto ambiental que puede tener su comisión continuada.

La acusación particular ejercida por AGMADA se siente "satisfecha" con la condena, dado que este tipo de delitos "merece un claro reproche penal y no sólo administrativo, por cuanto no es una mera desobediencia a la normativa administrativa lo que se ha cometido por los acusados, sino que, con su acción delictiva se ha producido,  además, un peligro para el medio ambiente o equilibrio ecológico, con graves daños para el patrimonio cinégético".