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La jueza ve probado que dañó a la familia de la médica y que sembró dudas entre sus pacientes sobre su profesionalidad

Otra condena a Spiriman, que tendrá que indemnizar con 30.000 euros a una doctora por intromisión en su derecho al honor

Ciudadanía - IndeGranada - Sábado, 23 de Febrero de 2019
La insultó en varios vídeos, identificándola con nombre y apellido, y llegó a responsabilizarla de haber amenazado a pacientes y enfermeros del área hospitalaria en la que trabajaba.
Jesús Candel, en una imagen de archivo.
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Jesús Candel, en una imagen de archivo.

El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Granada ha condenado a Jesús Candel por intromisión en el derecho al honor de una doctora a la que insultó en varios de sus vídeos, fijando una indemnización de 30.000 euros. 

El médico conocido como Spiriman, que ya ha sido condenado por otros hechos similares, profirió graves insultos contra esta profesional sanitaria, acusándola incluso de amenazar a pacientes y enfermeros. 

La jueza ve probado no solo el daño a la doctora, también a su familia, y por eso fija tan elevada indemnización, por encima de la que solicitaba la denunciante -de algo menos de 20.000 euros-. La propia denunciante explicó ante la jueza que su hija de 17 años regresó un día a casa llorando tras haberle mostrado los vídeos sus compañeros; y su marido declaró que los recibió vía whatsapp hasta en 60 mensajes.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso El Independiente de Granada, la titular del Juzgado detalla que Candel, en su declaración judicial, justificó las expresiones utilizadas en su derecho de crítica al proceso de fusión y a sus partícipes como cargos públicos y profesionales de la sanidad. En esa declaración judicial, Spiriman aceptó que pudo haber un "exceso verbal", pero consideró que no era para afectar al derecho al honor, sino para defender la sanidad pública.

Candel alegó que, como personaje público, "tiene derecho" a decir lo que afirma en los vídeos

En su defensa alegó que algunas afirmaciones eran "genéricas", e incluso que no iban dirigida a esta profesional sanitaria, a la que dijo que trató de pedir perdón a través de un amigo común. En el único vídeo que admitió que sí se refería a esta doctora, se justificó asegurando que lo grabó "indignado" tras conocer el expediente disciplinario para su inhabilitación a raíz de denuncias, entre ellas de esta profesional. Al respecto dijo tener un carácter "impulsivo" y que le "pierden las formas", insistiendo no obstante en que "tiene derecho como personaje público a decir lo que dijo" en los vídeos.

Consideró la indemnización "excesiva" alegando que la difusión de los vídeos fue "provincial" e incluso que las reproducciones de los mismos "pueden deberse a la visita reiterada de una misma persona". Por todo ello pidió que para la indemnización se valorara la veracidad de sus denuncias sobre corruptelas y estimó como "más que suficiente 2.000 euros" como indemnización.

El fiscal, como recuerda la jueza, pidió que se aceptara íntegramente la demanda, señalando que, "pese a todo lo positivo logrado" por Candel, en cuanto a "movilización social, crítica política y denuncia de corruptelas, no puede ser ilimitada ni ir acompañado de expresiones injuriosas que se evidencian en los vídeos". 

En la sentencia, la jueza rechaza todos los argumentos de Spiriman, subrayando que esta profesional sanitaria es una persona privada -no ocupó cargo público alguno ni como jefa en el hospital- y su derecho a la protección del honor es "total". Considera probado el daño a su familia y también el profesional que se le ocasionó, al llegar pacientes a cuestionarla públicamente. 

"No hubo maltrato a pacientes, acoso ni actuaciones inapropiadas como le imputa gratuita y génericamente" a la médica, razona la sentencia en la que se cita el informe del fiscal señalando que Candel era "plenamente consciente de que no era correcto" lo que afirmaba y que "la única finalidad era ofender", pues en un momento de una de las grabaciones llegó a señalar que ahí tenía material para que le denunciara otra vez.

La jueza, que aclara que Candel -a través del amigo común señalado- condicionó pedirle perdón a esta doctora si retiraba la demanda, dice que no se entiende "cómo se defiende un bien público como es la sanidad insultando" a esta profesional. Deja claro que no están acreditadas las corruptelas que denunciaba Candel respecto a ella y que tampoco se puede sustentar en el derecho a la crítica tales insultos.

Candel, que ha sido condenado en costas, tendrá que retirar los vídeos y difundir en sus canales esta condena.