La Audiencia Provincial obliga a un banco a abonar las cantidades cobradas indebidamente por cláusulas suelo anteriores a 2013

E+I+D+i - IndeGranada - Lunes, 20 de Marzo de 2017
El fallo abre la puerta a reclamar todo el dinero de más pagado desde la firma de la hipoteca aunque ya exista una resolución judicial sobre el caso.
Se puede reclamar el dinero pagado antes de 2013, aunque ya esté juzgado.
Alexander Stein/Pixabay
Se puede reclamar el dinero pagado antes de 2013, aunque ya esté juzgado.

Una demanda presentada por un granadino a finales de diciembre de 2013 ha dado lugar a la primera sentencia de la Audiencia Provincial de Granada que condena a la entidad BBVA a devolver todas las cantidades cobradas indebidamente en virtud de la aplicación de una cláusula suelo en su contrato de préstamo con garantía hipotecaria, según informa  el despacho de abogados Pineda-Hidalgo.

De esta manera, tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 así como la del Tribunal Supremo de fecha 15 de febrero de 2017, la Audiencia Provincial de Granada rectifica su criterio respecto de los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, obligando a devolver todas las cantidades cobradas indebidamente por la entidad desde la firma de la hipoteca.

La entidad BBVA, en este caso concreto, deberá devolver más de 8.000 euros al afectado, cantidades que abonó indebidamente desde 2009 hasta mayo de 2013.

Hasta ahora, esta Audiencia Provincial no había condenado a ninguna de las entidades afectadas por la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 a devolver el dinero cobrado de más con anterioridad a esa fecha, según Pineda-Hidalgo. Las tres entidades afectadas por esa sentencia fueron BBVA, Cajamar y Novacaixa Galicia. 

Así las cosas, esta sentencia confirma, dice el despacho de abogados, que no existe la denominada excepción de cosa juzgada (que no permitiría reabrir procedimientos judiciales ya finalizados y firmes ni cuestiones ya debatidas en otro procedimiento judicial anterior). 

En consecuencia, con independencia de que las cláusulas suelo de determinadas entidades financieras hayan sido declaradas nulas por el Tribunal Supremo con anterioridad, cada afectado tiene derecho a reclamar todo el dinero que se le haya cobrado indebidamente, lo que abre la puerta a que más de 10.000 granadinos afectados por cláusulas suelo puedan cobrar lo abonado indebidamente en su totalidad.

Otras entidades afectadas directamente por esta Sentencia son Cajasur y Banco Popular Español, ya que también han sido condenadas por el Tribunal Supremo tras la interposición de una acción de cesación.

Finalmente, en relación con el Real Decreto 1/2017 aprobado en enero de 2017, desde el despacho Pineda Abogados: Reclamaciones Bancarias "recomendamos a todos los afectados que se asesoren adecuadamente antes de aceptar ninguna propuesta de cualquier entidad financiera ya que la viabilidad de una reclamación judicial es muy alta y es, hasta el momento y a la vista de la postura tomada por la inmensa mayoría de entidades, la única vía posible para recuperar la totalidad de lo abonado indebidamente junto con los intereses legales correspondientes".

Las entidades vienen ofreciendo propuestas alternativas a la devolución del dinero cobrado irregularmente que en muchas ocasiones pueden suponer una merma considerable respecto de lo que realmente corresponde y un nuevo engaño al consumidor, indica el despacho.