Caso Nazarí

La jueza recuerda a los imputados que se investiga una presunta trama de corrupción, "perfectamente organizada, en el Ayuntamiento, con el amparo del alcalde y centrada en Urbanismo"

Política - M.A. - Miércoles, 5 de Junio de 2019
Rechaza el último intento de los investigados para anular la causa y sigue adelante con la formación de piezas separadas, la primera de ellas referida a los expedientes del promotor Roberto García Arrabal y sus empresas, que son los operaciones Pabellón Mulhacén, Progreso y Campus.
Imagen de la sede de Urbanismo en abril de 2016, cuando se desarrolló la Operación Nazarí.
M.Rodríguez
Imagen de la sede de Urbanismo en abril de 2016, cuando se desarrolló la Operación Nazarí.

La jueza que instruye el caso Nazarí ha vuelto a defender la investigación y rechazado otro intento de los imputados de anular las pesquisas. En esta ocasión ha rechazado las alegaciones que formularon frente a la decisión de la magistrada de abrir piezas separadas. 

Lo hace la jueza en un auto fechado el de 3 de junio en el que, pese a su brevedad, se pronuncia con contundencia a la oposición expresada por los abogados de José Torres Hurtado, Manuel Lorente, Isabel Nieto y otros de los investigados a que se formaran esas piezas. Alegaban que se estaba llevando a cabo una "investigación prospectiva" y pedían su nulidad.

Rechaza de partida esa afirmación sobre una investigación prospectiva y recuerda que la investigación policial dio lugar por parte de la Fiscalía, "al existir elementos más que suficientes para su investigación", de dos querellas en las que se está investigando, una vez judicializadas las actuaciones, "una presunta trama de corrupción, en la sede del Ayuntamiento, con el amparo del Sr. Alcalde y centrada la misma en el área de Urbanismo". 

Con esas premisas, agrega, "está claro el deber de investigación", centrada la misma en los expedientes incluidos en la causa, "visa no solo la documental obrante en las actuaciones, la propia declaración de los investigados así como las testificales ya practicadas". 

"De los correos, presuntamente, se deducen la comisión de hechos delictivos por parte de los investigados"

A ello hay que añadir, prosigue, las distintas periciales que han sido acordadas y ya practicadas, unidas a la causa y de las que las partes personadas y el Ministerio Fiscal tienen ya conocimiento, así como informe de la UDEF respecto del estudio de los correos intervenidos, "de los que, presuntamente, y, a priori, se deducen la comisión de hechos delictivos por parte de los hoy investigados".

En cuanto al argumento de la nulidad, la jueza se remite a las resoluciones que ha ido dictando la Audiencia rechazando "todas y cada una" de las argumentaciones formuladas por las defensas de los investigados.

Defiende que la apertura de las piezas separadas responde a lo recogido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (art.762.6), que lo establece para enjuiciar los delitos conexos recogidos en ese título de la ley "cuando existan elementos para hacerlo con independencia, y para juzgar a cada uno de los encausados, cuando sean varios, podrá acordar el juez la formación de piezas separadas que resulten convenientes para simplificar y activar el procedimiento".

Así, establece que procede la formación de piezas separadas conforme lo dictó en la providencia de 25 de abril, quedando integrada la primera de ellas por los expedientes investigados relacionados con el promotor Roberto García Arrabal y sus empresas. Son el Expediente del Pabellón Mulhacén, el Expediente Campus y el Expediente Progreso.

Contra la resolución judicial cabe recurso de reforma ante la Audiencia de Granada. 

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