El texto recoge el cierre de Andalucía y resto de territorios en máximo nivel de alerta, como Granada

La Junta publica 'in extremis' el BOJA del cierre perimetral de todos los municipios de la provincia de Granada

Política - IndeGranada - Jueves, 29 de Octubre de 2020
A una hora de la anunciada entrada en vigor, surte efecto el decreto del presidente en el que no se recogen, sin embargo, algunas de las medidas anunciadas por Moreno, como el horario de cierre de bares a las 22.30 horas y tampoco el aforo en hostelería o espacios culturales.
Juan Manuel Moreno, este miércoles, en la reunión del Comité de Expertos.
Junta de Andalucía
Juan Manuel Moreno, este miércoles, en la reunión del Comité de Expertos.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado poco antes de las 23.00 horas de este jueves una edición extraordinaria con un decreto del presidente, Juan Manuel Moreno, sobre medidas en aplicación del estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2 que regula el cierre perimetral de la comunidad y el confinamiento de más de 4,5 millones de habitantes de 449 municipios de las provincias de Granada, Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla desde las 00.00 horas de este viernes y hasta las 00.00 horas del próximo 9 de noviembre.

El decreto publicado en BOJA no recoge sin embargo medidas anunciadas este miércoles por el presidente, cuando dio a conocer las restricciones, como el horario de cierre de los establecimientos de hostelería a las 22.30 horas. Tampoco detalla otras concretadas por el propio presidente de la Junta a través de su cuenta de Twitter, según el nivel de alerta de cada una de las provincias, que en el caso de Granada es el máximo -nivel 4-. Se trata de limitaciones de aforo en establecimientos comerciales, culturales o de hostelería. 

El retraso de la publicación, que ha llegado a sólo una hora del momento anunciado por la Junta para la entrada en vigor del cierre de la comunidad y provincias como Granada, ha llegado a convertir el BOJA en tendencia en Twitter esta jornada. 

Además del cierre perimetral de Andalucía, que supone que durante estos días nadie podrá entrar o salir de la comunidad si no es por una causa justificada, la Junta establece el confinamiento de las provincias de Granada, Jaén y Sevilla, que se encuentran en el nivel 4 de alerta definido por el Gobierno lo que supone que, dentro de estas provincias, también queda limitada la movilidad entre todos sus municipios, en los que sólo se podrá entrar o salir con un motivo justificado.

El mismo confinamiento perimetral se determina para los 28 municipios englobados en el distrito sanitario de Córdoba-Sur, los 18 municipios del distrito La Vega de Málaga y los 25 municipios de las áreas sanitarias Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.

En concreto, los municipios cordobeses afectados son Aguilar de la Frontera, Almedinilla, Baena, Benamejí, Cabra, Carcabuey, Castro del Río, Doña Mencía, Espejo, Encinas Reales, Fernán Núñez, Fuente-Tójar, Iznájar, La Guijarrosa, Lucena, Luque, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Priego de Córdoba, Puente Genil, La Rambla, Rute, Santaella y Zuheros.

También los municipios malagueños de Alameda, Almargen, Antequera, Archidona, Campillos, Cañete la Real, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia, Villanueva de la Concepción y Villanueva del Trabuco.

Y, en la provincia de Cádiz, las localidades de Alcalá del Valle, Algar, Algodonales, Arcos de la Frontera, Benaocaz, Bornos, El Bosque, Chipiona, Espera, El Gastor, Grazalema, Jerez de la Frontera, Olvera, Prado del Rey, Puerto Serrano, Rota, San José del Valle, Sanlúcar de Barrameda, Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Trebujena, Ubrique, Villaluenga del Rosario, Villamartín y Zahara de la Sierra.

La limitación de 6 personas no afecta a actividades laborales, institucionales, educativas y universitarias

Junto a estas medidas, el decreto mantiene la limitación de la movilidad nocturna con el horario de "toque de queda" entre las 23.00 y las 06.00 horas ya fijado en el decreto de estado de alarma. Igualmente, se establece que a partir de la medianoche de este viernes las reuniones en el ámbito público y privado quedarán limitadas a un máximo de seis personas, excepto aquellos grupos que sean convivientes. No están incluidas en esta limitación prevista las actividades laborales, institucionales, educativas y universitarias, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

El decreto, según detalla Europa Press, establece como desplazamientos justificados dentro del cierre perimetral de Andalucía, además de aquellos que se realicen "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad", los que se produzcan por "asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; y asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables".

Igualmente se consideran justificados los desplazamientos a "entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes"; las "actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales"; las "renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables"; la "realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables"; y los "desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo".

Además, determina que "no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales" sometidos a cierre perimetral, ya sea de la comunidad o de una provincia o distrito sanitario, si bien no estarán "permitidas las estancias o paradas al transitar" por ellos salvo las debidas a motivos justificados.

Finalmente, el decreto también limita la permanencia de personas en lugares de culto y establece con carácter general que "las reuniones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 50% de su aforo", porcentaje que se rebaja a un máximo del 30% en los 449 municipios a partir de esta medianoche.

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