Los sobres se abrieron "de forma completamente contraria a Derecho y, en consecuencia, se quebranta el secreto de la proposición", mientras que también se aluden a que se prescindieron de "las normas esenciales" en lo relativo a la conformación de la mesa de contratación y el comité de expertos, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.
"Lo que pretende la ley es garantizar la objetividad en el proceso y la igualdad entre los licitadores y evitar que la administración contratante conozca su contenido con anterioridad al acto formal de apertura de las ofertas por la posibilidad de favorecer así una determinada adjudicación prevaleciéndose de ese conocimiento previo", ha indicado la magistrada en la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
La juez señala que, "en el momento de efectuarse la valoración de los criterios sujetos a un juicio de valor, ya se conocía la oferta económica, y puede haberse asignado una puntuación de dichos criterios a la vista de esa oferta económica, con el fin de preparar la selección a favor de un licitador determinado", y de tal modo que se "vulnera la imparcialidad de la valoración".
La empresa denunciante presentó recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ayuntamiento de Pinos Puente, con fecha 25 de enero de 2017, desestimando un anterior recurso de reposición contra la adjudicación del contrato de gestión de este servicio público educativo, en el núcleo de Zujaira, el 24 de noviembre del año anterior.
Alegaba "vicios procedimentales e incumplimientos" que afectaban también al "contenido" de los pliegos del concurso, no habiendo "aplicado de forma ponderada y transparente los criterios de valoración", reseña la sentencia, que agrega que el Ayuntamiento, que gobierna el PSOE, defendió "su postura negando la concurrencia de defectos invalidantes del concurso, y afirmando que se siguió la tramitación correcta".
Asimismo, mantenía que el Ayuntamiento optó por "no motivar la decisión de adjudicación, y no justificar, en el momento oportuno para ello, la baja puntuación en determinadas partes del proyecto presentado", con "clara preferencia y beneficio en el trato hacia la cooperativa adjudicataria".
Tras esta sentencia, dictada el pasado junio, el Ayuntamiento ha abierto un nuevo proceso de contratación, con un nuevo pliego, para esta guardería, que sigue funcionando de momento con la empresa que ganó el concurso anulado, han informado a Europa Press fuentes conocedoras del proceso.