Solo para acceder a los canales de lanzamiento y varada, o sair al mar pero a una 'velocidad reducida'

Las motos acuáticas no podrán navegar en la costa de Granada a menos de 300 metros de las orillas

Ciudadanía - EP/IndeGranada - Sábado, 13 de Mayo de 2023
Te informamos de las medidas adoptadas por la Capitanía Marítima en la costa de Granada, tras los incidentes del verano pasado.
otos acuáticas, próximas a la orilla en la Playa de Cantarriján.
IMAGEN CEDIDA A EL INDEPENDIENTE DE GRANADA
otos acuáticas, próximas a la orilla en la Playa de Cantarriján.

La Capitanía Marítima de Motril ha activado una serie de normas especiales para la navegación y el uso de motos náuticas ante la proliferación en los últimos años de un gran número de usuarios, tanto de carácter particular como asociados a empresas de alquiler, que se ha traducido en un "aumento importante del número de incidentes y accidentes".

Queda "totalmente prohibida la navegación de las motos náuticas en las zonas de baño balizadas" y el resto de las playas u otras zonas ribereñas, desde la orilla hasta la línea que dista de ésta 300 metros, sólo se permitirá la navegación de las motos náuticas para acceder a los canales de lanzamiento y varada, o salir de estos hacia la mar a una velocidad reducida

En la mayoría de los casos vienen provocados por el uso indebido de la moto náutica --que puede superar velocidades de 80 kilómetros por hora-- y por el incumplimiento de las normas aplicables. No obstante, también son propiciados por su utilización de forma mayoritaria en zonas ribereñas o de playa, provocando un conflicto de intereses y de uso del espacio entre los conductores de las motos náuticas y el resto de usuarios, como bañistas, piragüistas, practicantes de vela ligera, pádel-surf y otras modalidades deportivas o recreativas.

Esta situación, "además de comprometer la seguridad" tanto de bañistas como de otros artefactos flotantes de recreo y embarcaciones menores, ha despertado una importante alarma social que se refleja en múltiples quejas y denuncias de particulares, asociaciones y ayuntamientos recibidos en la Capitanía Marítima de Motril, según expone este organismo en una reciente resolución, consultada por Europa Press.

Aunque en los últimos años se han llevado a cabo jornadas de información sobre la normativa y el correcto uso de las motos náuticas, se han aumentado las campañas de vigilancia y control, y se ha reforzado los procedimientos sancionadores, desde Capitanía reconocen que "no se ha logrado revertir suficientemente la situación de riesgo".

El año pasado se registraron numerosos incidentes. En Motril, usuarios de las playas llegaron a concentrarse ante la proliferación sin control de las motos acuáticas, como se aprecia en la imagen, y el Ayuntamiento de Almuñécar solicitó ayuda a la Subdelegación del Gobierno, que intensificó la vigilancia. Capitanía activó el mismo prootocolo que este año pero al final del verano, el 17 de septiembre.

Normas obligatorias

Por todo ello, a través de una resolución firmada por el capitán marítimo de Motril, se han adoptado una serie de normas especiales de aplicación en la zona geográfica de la Capitanía Marítima Motril-Granada, esto es, desde el meridiano de Torre de la Caleta hasta el meridiano de Playa de la Juana, y su incumplimiento será objeto de sanción.

En este entorno queda "totalmente prohibida la navegación de las motos náuticas en las zonas de baño balizadas" y el resto de las playas u otras zonas ribereñas, desde la orilla hasta la línea que dista de ésta 300 metros, sólo se permitirá la navegación de las motos náuticas para acceder a los canales de lanzamiento y varada, o salir de estos hacia la mar a una velocidad reducida.

Con carácter general, la zona de navegación sin restricciones especiales para las motos náuticas se limitará a las zonas marítimas situadas a una distancia de la playa superior a los 300 metros. En cualquier caso, la navegación será tal que se evite el trazado de derrotas erráticas, las aproximaciones excesivas y el cruce de la proa del resto de embarcaciones a menos de 50 metros, así como cualquier otra maniobra que ponga en riesgo la seguridad marítima.

Respecto a la entrada, salida y fondeo de motos náuticas, queda prohibido el fondeo en las zonas de baño y el amarre a boyas, incluidas las de las ayudas a la navegación y de señalización de zonas de baño o canales de lanzamiento y varada. Además, los actos colectivos o eventos con motos náuticas, tales como celebración de regatas, requerirán de autorización expresa.

Estas normas entraron en vigor la semana pasada, coincidiendo con la llegada del buen tiempo, y estarán activas hasta el 31 de octubre, ya bien entrado el otoño.