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Ajusta el porcentaje reservado para venta inmediata y el duplica el número de entradas por localizador

La Junta tramita una Orden exprés sobre visitas y venta de entradas a la Alhambra, tras anular el TSJA la resolución del Patronato

Política - M.A. - Domingo, 26 de Marzo de 2023
Te informamos de la Orden en la que trabaja la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, que ha aprovechado el revés judicial para introducir nuevos cambios en el modelo que planteó en 2020 el Patronato que dirige Rocío Díaz.
Imagen de archivo de la instalación de una máquina de venta y retirada de entradas.
PAG.
Imagen de archivo de la instalación de una máquina de venta y retirada de entradas.

La Junta de Andalucía tramita una Orden exprés para dar cobertura a las visitas y el sistema de comercialización de las entradas a la Alhambra, tras una sentencia del TSJA que anula la resolución dictada para regularlos en enero de 2020 por el Patronato que dirige Rocío Díaz.

La resolución anulada estableció las nuevas condiciones de visitas y venta de entradas, que fijaron como novedad la eliminación de la reserva de entradas para agentes autorizados y el establecimiento de un sistema de venta directa. Como en ese momento trasladó la entonces consejera de Cultura y Patrimonio Histórico, Patricia del Pozo, se hizo para adaptar la normativa a las indicaciones de la Agencia de Defensa de la Competencia.

El nuevo modelo acumula sobresaltos. Su estreno se hizo con problemas técnicos y el colapso de la web del Patronato, que no respondió; ahora se suma un reproche judicial. 

Como consta en el expediente para la elaboración de la Orden, consultado por El Independiente de Granada, ya en julio de 2021 hubo un intento de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico para elaborarla. Pero, según se explica en los documentos, "tras diversas vicisitudes, la tramitación de la norma quedó paralizada durante algún tiempo". Ahora, con nueva legislatura y nuevo Gobierno, que cambió la estructura y unió las competencias de Cultura a las de Turismo y Deporte, debe hacerse con máxima urgencia. 

La sentencia declara nula de pleno derecho la resolución que aprobó el Patronato en 2020 "por tratarse de una disposición de carácter general y no haberse seguido los trámites establecidos en el artículo 45 de la Ley 6/2006, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía"

La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA tiene fecha de 26 de febrero de este año. El Alto Tribunal ha estimado el recurso contencioso administrativo presentado por la empresa Alhambra Valparaíso Ocio y Cultura SL contra la resolución del Patronato mencionada. La sentencia declara nula de pleno derecho esa resolución "por tratarse de una disposición de carácter general y no haberse seguido los trámites establecidos en el artículo 45 de la Ley 6/2006, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía".

A la vista de la sentencia, expone el secretario general para la Cultura de la Consejería, Salomón Castiel, en el documento que justifica la urgencia, que tiene fecha de 7 de marzo, "urge continuar cuanto antes con la tramitación y aprobación de la Orden por la que se actualiza la normativa de visita, comercialización y otros usos públicos del Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos, ya que dicha orden viene a sustituir el contenido de la Resolución de 26 de enero de 2020 del Patronato de la Alhambra y del Generalife anulada por la sentencia y en la que se regulan aspectos tan esenciales como las visitas, aforos, accesos, entradas, horarios, etc, de monumentos tan significativos y emblemáticos como la Alhambra y el Generalife y los otros bienes adscritos como el Corral del Carbón, Bañuelo, Casa Horno de Oro y Palacio de Dar-al Horra".

Rocío Díaz, con Arturo Bernal, en una visita al monumento. pag

Plazo de alegaciones también exprés: siete días hábiles

Tanta es la urgencia que se ha planteado, por la inseguridad jurídica generada con la anulación de la vía elegida en su momento para introducir el nuevo sistema -la resolución-, que la Junta ha tenido que reducir al máximo los plazos para la elaboración de los informes y los de trámite de audiencia e información pública. El 16 de marzo, el consejero Arturo Bernal dio el visto bueno al inicio de la tramitación. Y el 24 de marzo comienta a contar el plazo de siete días hábiles para formular alegaciones. Con los festivos de Semana Santa, finalizará el 10 de abril.

Entrando en el contenido de la nueva normativa, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte argumenta que responde a la necesidad de adaptarla para ajustarla al "cambio de tendencia en las visitas al recinto de la Alhambra y el Generalife" que se ha registrado, "pasando de ser un turismo demandante de un servicio programado a largo plazo a una demanda más inmediata, lo que obliga a adaptar los porcentajes de puesta a disposición de entradas a esta nueva realidad". 

Turistas en el acceso a la Alhambra en una imagen de archivo. archivo

Más entradas para visitar a corto plazo la Alhambra

Debido a la pandemia y a las circunstancias internacionales, el visitante ya no programa sus viajes a tan largo plazo. La tendencia, defiende el Gobierno andaluz, es todo lo contrario. De ahí que uno de los cambios esté relacionado con el porcentaje de entradas destinadas a la venta directa a corto plazo. 

Al canal de venta general se destina el 82 por ciento de las entradas, mientras que el otro 18 por ciento restante corresponde al llamado canal institucional -visitas protocolarias, de investigación, académicas...-.

Dentro de las disponibles para esa venta general, es decir, dentro de ese 82 por ciento, hay también modalidades, según se destinen a la venta directa (70%), bien sea a largo, medio o corto plazo, o se reserven para los acuerdos con otras instituciones (12%).

Si en la resolución de 2020 -la anulada- el reparto para la venta directa era de 36, 22 y 12 por ciento, según se hiciera para largo, medio o corto plazo, en el proyecto de Orden que se tramita de manera exprés los porcentajes se quedan en 25, 25 y 20 por ciento. 

Detalle de la Orden en información pública. 

Por tanto, habrá más entradas a la venta para aquellos visitantes que quieran acudir a la Alhambra en el plazo de un mes, también un ligero incremento para la visita a tres meses, mientras que se recortan las que pueden adquirirse a doce meses vista. La Junta ve "conveniente" adaptar esos porcentajes para responder a la "nueva realidad". 

Hay más novedades introducidas respecto a la resolución anulada. Así, y pese a las críticas recibidas en su día desde el sector turístico por el Patronato, cuando estaba dirigido por Reynaldo Fernández, que se atrevió a introducir importantes cambios para atajar la reventa de entradas, un grave problema que ha venido arrastrando el monumento, las 'visitas especiales', que son aquellas "enfocadas a instituciones académicas, congresos, cruceros y similares, empresas, así como a reuniones, con la particularidad de ofrecer a sus miembros una aproximación más íntima y particular a la Alhambra", también serán nominativas.

"La nominación de las entradas solicitadas deberá realizarse con una antelación mínima de 30 días naturales al día de la visita. En caso de no haberse producido la nominación antes de ese plazo o haber nominado solo una parte de las entradas abonadas, se perderá el derecho a las no nominadas y serán nulas". 

"Con esta revisión, además, se pretende atender y dar mejor respuesta a otras necesidades que benefician a la ciudad como es el caso del turismo de Congresos", explica la Orden de la Junta. 

Estas visitas especiales se hacen fuera del horario ordinario de apertura al público y con un aforo de 150 personas. 

El aforo de la Alhambra está limitado para garantizar la conservación del monumento. Al año, el número de visitas está limitado a 2.763.500 personas. A tal fin, la visita a los Palacios Nazaríes se organizará en tandas o pases de 30 minutos, con un máximo de 300 entradas cada una, accediendo de forma aproximada y constante 50 personas cada 5 minutos.

El precio de la entrada al monumento ha subido este año 4 euros. La entrada general ha pasado a costar 18 euros.

Se duplica el número de entradas por localizador

"Para facilitar la captación de visitantes, se pretende dar mejor respuesta técnica a la gestión de compra, ampliando el número de entradas por localizador, sin que ello afecte al concepto y configuración de grupos en el acceso al conjunto monumental", expone la Consejería en la Memoria de la Orden para explicar otro de los cambios, que se refiere al número de entradas identificados por un mismo localizador de compra -código de letras y número identificador que figura en el sistema de reservas y ventas de entradas-. 

Hasta ahora era un máximo de 30 entradas por localizador, y según el número de personas por cada código, se establecía la proporción permitida para modificar la identificación del visitante que iba a hacer uso de las entradas -entre una y tres-. 

La Orden exprés lo eleva a 60 entradas por localizador. Esto significa que se pueden hacer más cambios respecto a la persona que hará uso de ellas, hasta seis. Lo que no cambia es el plazo: ese cambio se puede hacer hasta el día anterior al de la visita. 

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