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En territorios en nivel de alerta 1 o sin riesgo, que aún no hay en la provincia de Granada

Aprobado el documento para la 'nueva normalidad', que incluye apertura de discotecas hasta las 3 de la madrugada

Política - Europa Press - Miércoles, 2 de Junio de 2021
Andalucía, Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia y Murcia votan en contra de estas propuestas que son, recuerda Sanidad, de obligado cumplimiento.
Carolina Darias, este miércoles en rueda de prensa tras el Consejo Interterritorial.
Eduardo Sanz/EP
Carolina Darias, este miércoles en rueda de prensa tras el Consejo Interterritorial.

El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas han aprobado este miércoles, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el documento de obligado cumplimiento para la 'nueva normalidad' en la que, entre otras medidas, se permite abrir los locales de ocio nocturno hasta las 03.00 horas en aquellos territorios que no tengan riesgo o estén en nivel 1 del 'semáforo' de Sanidad.

Asimismo, según se recoge en el documento aprobado hoy en el Consejo Interterritorial, se establece cerrar los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, a las 01.00 horas y prohibir fumar en espacios al aire libre siempre y cuando no se mantengan los dos metros de distancia.

En concreto, en relación a la hostelería, se señala que en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo permitido será de 50 por ciento en interior pudiéndose incrementar en un 10 por ciento si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Además, se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada, y las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.

En los niveles de alerta 1 a 4 se seguirá lo establecido en el documento de 'Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de Covid-19', aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

El ocio nocturno cuando el local esté fuera de niveles de riesgo o en alerta 1

La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control de la Covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1 de acuerdo al documento 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19'.

En ambos escenarios se seguirán las recomendaciones que se proponen para el nivel de alerta 1 en dicho documento como, por ejemplo, que el consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

Tampoco se podrá superar el 50 por ciento de aforo máximo en el interior del local, si bien las terrazas al aire libre de estos establecimientos podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre mesas antes mencionada.

El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 3.00 horas. No obstante, cuando la unidad territorial de referencia para el control de la Covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté en nivel de alerta 2, siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable, la comunidad autónoma podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el documento 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19'.

Otras medidas contempladas en el documento aprobado pasan por realizar la quinta ronda del 'Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-Covid', tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunación del 70 por ciento de la población y, en todo caso, antes de que finalice el año 2021.

Por otra parte, y más allá de este documento, el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado que el documento 'Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a Covid-19 para centros educativos en el curso 2021-2022' pase a ser una Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC), haciendo así obligatoria su implantación.

Seis comunidades, entre ellas Andalucía, votan en contra 

Los Gobiernos autonómicos de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía y Murcia han votado en contra de estas propuestas del Ministerio de Sanidad, según informan a Europa Press fuentes de la reunión. Este documento de Sanidad también se ha encontrado con la abstención de Castilla y León y de la ciudad autónoma de Melilla.

Algunas autonomías ya se habían posicionado en contra de este borrador, como ha sido el caso de la Comunidad de Madrid, cuyo Ejecutivo autonómico ha señalado que esto era una "imposición" de Sanidad y recordando que las Comunidades Autónomas ya han desarrollado su propia normativa tras el estado de alarma.

Por ello, esta misma tarde ha anunciado que seguirá aplicando la normativa regional al discrepar de los criterios de Sanidad. En cualquier caso, Darias ha recordado que este documento se ha aprobado en forma de declaración de obligado cumplimiento y ha recordado que, en la última discrepancia con el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso, al final acabaron cediendo.

Acuerdo para hacer obligatorias las medidas a aplicar en la escuela el próximo curso

El Ministerio de Sanidad ha elevado, este miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), a obligatorias las medidas acordadas el pasado 19 de mayo sobre el próximo curso escolar, según ha anunciado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en rueda de prensa posterior a dicha reunión.

Durante el Consejo de este miércoles, Sanidad y los consejeros autonómicos del ramo han acordado que el protocolo de medidas aprobado hace unos días entre Sanidad, Educación y las comunidades autónomas, pase a ser una Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC), haciendo así obligatoria su implantación.

El documento que han suscrito las autonomías es el 'Acuerdo de 2 de junio de 2021 del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente al Covid-19 para centros educativos durante el curso 2021-2022', al que ha tenido acceso Europa Press.

El acuerdo se ha adoptado por mayoría

Según ha anunciado la ministra, este acuerdo se ha adoptado por mayoría. En la reunión del pasado 19 de mayo, varias propuestas, sobre todo en lo que concernía a las distancias de seguridad entre alumnos. Por ejemplo, algunas comunidades, como La Rioja y Murcia, eran partidarias de reducir a un metro el distanciamiento.

La idea de que las medidas a aplicar para el próximo curso 2021-2022 se conviertan en una Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC) responde a "la necesidad de alinear los esfuerzos conjuntos de todas las autoridades sanitarias" y dada "la evolución de la situación epidemiológica, la diversidad y heterogeneidad de algunas de las medidas adoptadas en los diferentes territorios", que "aconsejan establecer un mínimo común de medidas que deberán ser adoptadas por las comunidades y ciudades autónomas en el ámbito competencial que les es propio".

Para ello, se ha utilizado la figura de la Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC) en Salud Pública, prevista en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. "La declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las partes incluidas en ella", recoge la Ley sobre su cumplimiento por parte de las comunidades autónomas.

En concreto, la Declaración de Actuaciones Coordinadas incluye 27 medidas y 6 recomendaciones para su aplicación por las administraciones competentes, en el ámbito educativo.

Según el documento, que recoge las mismas medidas ya dadas a conocer el pasado 19 de mayo, se obliga así a las comunidades a que, con carácter general, la actividad lectiva sea "presencial para todos los niveles y etapas del sistema educativo", garantizándola al menos hasta 2º de la ESO en todos los escenarios de transmisión, y que los centros se mantendrán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, así como el apoyo lectivo a menores con necesidades especiales o de familias socialmente vulnerables.

Asimismo, se ha acordado que todos los centros educativos designarán a una persona responsable para los aspectos relacionados con la COVID que actuará como interlocutor con los servicios sanitarios.

Distancia de entre 1,5 y 1,2 metros

Con respecto a la limitación de contactos, de forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas en el centro educativo, mientras que dentro del aula, se debe mantener una distancia de 1,5 metros, pudiéndose flexibilizar a 1,2 metros, con el fin de garantizar la presencialidad.

 

A partir de 3º de la ESO, en el escenario de niveles de alerta 3 y 4, se mantendrá la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros o se realizarán las clases al aire libre. De manera excepcional, si no es posible garantizar la presencialidad con las dos opciones anteriores, se pasaría a semipresencialidad, priorizando la asistencia de alumnado con dificultades sociales o académicas.

Del mismo modo, se ha acordado que desde Educación Infantil hasta 4º de Primaria, la organización del alumnado se establecerá, con carácter general, en grupos de convivencia estable ('grupos burbuja'), en cuyo ámbito no se aplicarán criterios de limitación de distancia. Los cursos de 5º y 6º de Primaria podrán organizarse como grupo o manteniendo la distancia de 1,5 metros, con posibilidad de flexibilizar a 1,2 metros.

Si la transmisión es muy baja (nueva normalidad) se permitirá que los grupos de convivencia estable interaccionen con otros grupos del mismo curso, sobre todo al aire libre.

Entrada en vigor: al finalizar este curso

Según recoge el documento, "todas las medidas y recomendaciones contempladas en la Declaración de Actuaciones Coordinadas se deberán adaptar de acuerdo con la evolución de la situación epidemiológica, a las indicaciones de las autoridades sanitarias y a las guías, protocolos y procedimientos de actuación existentes o que se desarrollen en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para cada escenario previsto de transmisión del SARS-CoV-2".

La Declaración de Actuaciones Coordinadas entrará en vigor una vez haya finalizado el curso escolar 2020-2021, dejando sin validez, por tanto, la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública frente al Covid-19 para centros educativos durante el curso 2020-2021, aprobada el 27 de agosto de 2020.