La Audiencia de Granada rechaza suspender la entrega del hijo menor de Juana Rivas al padre
La Audiencia Provincial de Granada ha rechazado la petición de suspensión de la orden de entrega del hijo menor de Juana Rivas a su padre que fue dictada por la Corte de Apelación de la ciudad italiana de Cagliari en el proceso por el que se ha resuelto mantener al menor bajo la custodia de su padre. La orden de entrega fue acordada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada para dar cumplimiento a la decisión de los jueces de Italia y se estableció su cumplimiento para el día 22 de julio, según ha informado el TSJA.
"Vinculándose la solicitud de suspensión expresamente a la existencia de causa penal abierta ante tribunal italiano, considera la sala que, en el presente trámite inicial del recurso, no existen motivos para la suspensión de la orden y medidas de cumplimiento acordadas por la resolución apelada", sostiene el auto de la Audiencia
Los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia recuerdan en su auto que, en lo que concierne a los procedimientos de familia, impera la "ejecutividad inmediata" de las medidas acordadas "sin posibilidad de suspensión y sin necesidad de ejecución provisional o de ningún otro trámite". Los magistrados subrayan que la cuestión debatida se refiere a un asunto en el que ha intervenido la Justicia de otro país miembro de la Unión Europea y, tras subrayar que la solicitud de suspensión hace mención "expresamente a la existencia de causa penal abierta ante tribunal europeo", concluyen que "no existen motivos para la suspensión de la orden y medidas de cumplimiento acordadas por la resolución apelada".
En este punto, los magistrados insisten en que "el armonioso y correcto funcionamiento de un espacio de justicia en la Unión que respete los diferentes sistemas jurídicos y tradiciones de los Estados miembros es vital para la Unión. Procede, por lo tanto, reforzar la confianza mutua en los respectivos sistemas jurídicos", entendiendo que la resolución del tribunal italiano "no conlleva la desprotección del menor".
Por todo ello, la Audiencia mantiene que el menor debe ser entregado a su progenitor mañana, día 22 de julio, tal como ya se había establecido por el tribunal de Instancia de Granada. El auto es recurrible en un plazo de cinco días mediante recurso de reposición ante el mismo tribunal.
Por otra parte, el Juzgado de Instrucción número 8 de Granada, en funciones de guardia, acordó el pasado sábado el sobreseimiento provisional de la denuncia presentada por la madre del menor cuya entrega a su padre en Italia fue acordada por la Corte de Apelaciones de la ciudad de Cagliari. El sobreseimiento se decidió con el acuerdo de la fiscalía de Granada.
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada acordó recientemente dar cumplimiento a la resolución de la Justicia italiana razón por la cual ordenó a la madre del menor, Juana Rivas, la entrega de su hijo a su padre Francesco Arcuri el martes día 22 de julio en un punto concertado a tal efecto. Esta decisión fue recurrida ante la Sección Quinta de la Audiencia de Granada, que es la que se ha pronunciado ahora, rechazando el recurso, en un auto consultado por El Independiente de Granada.
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