La hostelería ve "defectos subsanables" tras no ratificarse el pasaporte Covid y espera que se pueda utilizar

Política - Europa Press - Miércoles, 15 de Diciembre de 2021

La Federación Hostelería de Andalucía ha opinado este miércoles, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no ratifique el certificado COVID para la hostelería y ocio nocturno al incluir a los trabajadores, que "al final, son defectos subsanables".

"Supongo que la Junta lo subsanará lo antes posible y así se lo volverá a enviar al propio TSJA y entendemos que en los días posteriores se ratificará el que se utilice el pasaporte COVID", ha indicado el presidente de los hosteleros andaluces, Javier Frutos.

Así, ha señalado en primer lugar y en relación con el auto del alto Tribunal andaluz que, "nos llama la atención; entendíamos sobre todo habiendo tenido ya ese defecto de forma en cuanto a la solicitud que se hizo para sanitarios, que en principio esto iba a salir adelante".

"Supongo que la Junta lo subsanará lo antes posible y así se lo volverá a enviar al propio TSJA y entendemos que en los días posteriores se ratificará el que se utilice el pasaporte COVID"

Por ello, el también presidente de la Asociación de Hosteleros de Málaga (Mahos) ha incidido en que "supongo que son al final son defectos subsanables, que supongo que la Junta lo subsanará lo antes posible y así se lo volverá a enviar al propio TSJA y entendemos que en los días posteriores se ratificará el que se utilice el pasaporte COVID".

De igual modo, ha agregado que "incluso en el auto podemos decir que se demuestra que la hostelería es segura puesto que al final no se obliga al personal a vacunarse, entre otras cosas, porque guardan esas medidas higiénico-sanitarias que, al final, lo que hace es que podamos decir que nuestros clientes están seguros como llevamos diciéndolo en toda esta pandemia".

Así, ha agregado que quedan a la espera de "esa ratificación final", agregando "lo que llevamos diciendo hasta este momento, que obviamente creíamos en el pasaporte sobre todo como mal menor y como una medida más preventiva que restrictiva; y teniendo en cuenta, sobre todo, que después de dos años se ha visto que esas medidas restrictivas tampoco solucionaban el problema y, es verdad, que el perjuicio que causa en la hostelería es mucho mayor". "Quedaremos a la espera de lo que diga el TSJA en estos próximos días", ha concluido.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Granada, ha acordado no ratificar la orden relativa al certificado COVID o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento; pues, pese a considerar que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de necesidad e idoneidad, señala que no supera el requisito de proporcionalidad ya que la orden tendría que aplicarse, tal y como está redactada, a "cualquier persona" que accediese al interior, lo que incluiría a los trabajadores.

La patronal del ocio nocturno reclama que se deje de utilizar la incidencia acumulada como índice de referencia

Por su parte, la Federación Andaluza de Empresarios de Salas de Fiestas y Discotecas (Andalucía de Noche) ha asegurado este miércoles que "entenderían" que se solicitara al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) una nueva ratificación del certificado covid.

El presidente de la citada federación de empresarios, Juan Rambla, en declaraciones a Europa Press, ha insistido en que dicho certificado constituye una "medida muy positiva" porque, "al margen de dar seguridad a los clientes, fomenta que se incremente la vacunación entre la población, que, como estamos viendo, es fundamental para el control de la enfermedad".

Al respecto, el presidente de la patronal andaluza del sector del ocio nocturno ha racalcado la importancia de la vacunación, "ya que la mayoría de los ingresados en centros hospitalarios no está vacunado". En este sentido, ha señalado que el certificado covid, como medida preventiva, es "preferible" a las restricciones de aforo y de horario, "que, francamente, esperamos que no ocurra".

"El problema que vemos es que se sigue tomando como referencia la incidencia acumulada cuando no hay relación directa entre los contagios y los hospitalizados. Existen muchos positivos, pero la situación en los hospitales es estable. El virus no desaparecerá y debemos convivir con él", ha añadido Rambla.

El presidente de Andalucía de Noche, además, ha lamentado que, como consecuencia de utilizar el indicador de la incidencia acumulada, aparecen continuas noticias continuas sobre el incremento de positivos que está provocando muchas cancelaciones", ha subrayado.

"No se entiende que el Tribunal Supremo (TS) avale este certificado (Covid) en otras comunidades autónomas y aquí no entre de oficio. Imaginamos que la Junta lo intentará otra vez, y si no, al Supremo"

En su opinión, "no se entiende que el Tribunal Supremo (TS) avale este certificado (Covid) en otras comunidades autónomas y aquí no entre de oficio. Imaginamos que la Junta lo intentará otra vez, y si no, al Supremo", ha afirmado Rambla.

El TSJA, pese a considerar que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de "necesidad e idoneidad", cree que "no supera el requisito de proporcionalidad", ya que la orden tendría que aplicarse, tal y como está redactada, a "cualquier persona" que accediese al interior, lo que incluiría a los trabajadores.

Sin embrago, la Sala señala que existe la posibilidad de que la Administración autonómica pueda solicitar una nueva ratificación en la que se contemple la aplicación de la orden "únicamente respecto de los usuarios de los establecimientos".