Los municipios de menos de 5.000 habitantes no dividen las salidas

Los paseos y el deporte a partir de este sábado 2 de mayo, una vez al día de 6.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00 horas

Ciudadanía - IndeGranada - Jueves, 30 de Abril de 2020
El ministro de Sanidad detalla las condiciones de la nueva medida que alivia el confinamiento, que reserva franjas horarias según el colectivo y la actividad que se practique.
Una mujer camina por Gran Vía a la altura de la Capilla Real.
María de la Cruz
Una mujer camina por Gran Vía a la altura de la Capilla Real.

La práctica de deporte y los paseos que se podrán dar a partir del 2 de mayo se harán entre las 6.00 y las 10.00 horas y las 20.00 y 23.00 horas. Así lo ha detallado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, que ha presentado las condiciones de esta nueva medida de alivio del confinamiento. Lo que hace el Gobierno es establecer distintas franjas horarias según las personas y la actividad que se practique, repartidas en horarios de mañana y tarde, para evitar aglomeraciones, como ocurrió el pasado fin de semana con los menores. Las franjas horarias no se aplicarán en los municipios de menos de 5.000 habitantes.

Como ocurre con los menores, los paseos que ahora se extienden a toda la población y también la actividad física deberá hacerse una vez al día. En el caso de la práctica deportiva, ésta podrá llevarse a cabo en todo el municipio, no hay un límite de distancia. No así los paseos, que se restringen a un radio de un kilómetro respecto al domicilio, como ocurre con los menores de 14 años, y durante una hora como máximo. 

La práctica del deporte será individual, mientras que los paseos podrán darse con otra persona con la que se conviva. En todos los casos Sanidad insiste en la necesidad de mantener medidas de precaución, entre ellas la distancia mínima entre personas y el lavado de manos.

Para las personas mayores de 70 años y dependientes que deben ir acompañadas de cuidadores, las salidas se reservan entre las 10.00 y 12.00 horas y las 19.00 y 20.00 horas. 

Los menores de 14 años, de 12.00 a 19.00 horas

Estas franjas horarias que benefician a toda la población implican también que los paseos de menores de 14 años se restringen también a una franja horaria concreta. Para ellos, se reserva el tramo entre las 12.00 y las 19.00 horas. Los menores deben ir acompañados por un adulto. En estas salidas, ese adulto puede ir como máximo con tres niños. 

En ningún caso pueden salir a la calle personas en cuarentena o con síntomas. 

"El estado de alarma ha funcionado", ha asegurado Illa

El ministro Salvador Illa ha enfatizado que estas salidas pueden autorizarse porque se van cumpliendo los objetivos marcados respecto a la evolución de la pandemia. Esta semana, según ha detallado, se marcó que el incremento medio de los nuevos contagios no superara el uno por ciento. A fecha de este jueves es del 0,6 por ciento. "Cuando se han ido consiguiendo objetivos, se han autorizado medidas de alivio", ha añadido Illa para insistir en que "no hay manual de instrucciones" para afrontar esta crisis. No obstante, ha considerado que "el estado de alarma ha funcionado". Es imprescindible por ello seguir manteniendo "prudencia y cautela".

Autorizadas las salidas para cuidar huertos particulares

Por otra parte, según informa Europa Press, el ministro de Sanidad ha firmado este jueves una orden que permitirá cuidar los huertos particulares destinados al autoconsumo atendiendo así a una de las reivindicaciones que le habían trasladado desde el ámbito rural, donde muchos ciudadanos veían con impotencia la prohibición de ir a atender sus cultivos si estos no estaban destinados a la comercialización.

Como había avanzado horas antes en el Congreso de los Diputados, Illa, como autoridad competente delegada bajo el estado de alarma, ha firmado una orden que autoriza los desplazamientos para ir a atender los huertos particulares, siempre que se encuentren "en el mismo municipio o término municipal adyacente".
 
La orden, que entra en vigor el 2 de mayo, recoge una "única excepción" para casos en los que se requiera salir del municipio o término municipal adyacente: si existe la necesidad de "cuidar animales o huertos de autoconsumo". Eso sí, ha precisado Illa, "se tienen que realizar los mínimos desplazamientos posibles y siempre de acuerdo con las normas dictadas por las autoridades competentes". Los trabajos en el huerto habrán de realizarse de forma individual, salvo si se acompaña a menores o personas con discapacidad.