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UP recurre ante el TSJA el canon del agua que sube la factura sólo en la capital

Ciudadanía - IndeGranada - Viernes, 10 de Marzo de 2023
El sobrecoste de mejora de infraestructuras hidráulicas lo asumirán únicamente los habitantes de Granada, pese a que 14 municipios se beneficiarán de la inversión, afirma Unidas Podemos.
Antonio Cambril, en rueda de prensa.
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Antonio Cambril, en rueda de prensa.

El grupo municipal de Unidas Podemos e Independientes ha anunciado este viernes que el pasado 22 febrero presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Granada del 23 de diciembre de 2022 en el que se aprobó la Ordenanza reguladora de canon de mejora de infraestructuras hidráulicas.

El canon, ha explicado el portavoz, Antonio Cambril, que fue aprobado por PP y PSOE, supone que todos los granadinos paguen con una subida en sus facturas las obras e infraestructuras que permitirán la generación de 'energías limpias' por parte de Emasagra. “De dicha inversión se beneficiarán 14 municipios además de Granada pero solo pagarán los habitantes de la capital. Nos parece muy injusto e inexplicable”, ha mantenido.

Argumentos legales

Cambril ha indicado que el recurso, el cual están convencidos de que ganarán, “se basa sustancialmente en varios artículos de la Constitución y en la Ley de aguas 9/2010”. En primer lugar el concejal ha citado el artículo 14 de la Carta Magna que sostiene que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” y, este caso, ha dicho Cambril, “los granadinos están siendo claramente discriminados porque serán los únicos que sufragan la inversión en la empresa”.

El siguiente artículo de la Constitución que sustenta el recurso de UP es el 9.3, que dice: “se garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

UP ha citado, en tercer lugar, el artículo 93 de la Ley 9/2010 de aguas de Andalucía que reza que “son sujetos pasivos a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas, y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la ley general tributaria, usuarias de los servicios de agua potable y saneamiento en los casos en que el servicio sea prestado por las entidades suministradoras, estas tendrán la consideración de sujetos pasivos como sustitutos del contribuyente”. Esto quiere decir, ha argumentado, que “va contra la norma el hecho de que solamente unos usuarios, los granadinos y granadinas, paguen con sus facturas las mejoras que van a disfrutar todos los usuarios”.

Discriminados frente al resto de municipios

El portavoz, a continuación, ha manifestado que “los granadinos, con esta decisión del bipartidismo, quedan discriminados frente a los otros 14 municipios donde, además, en algunos de los casos existen rentas más altas que en muchos barrios de la capital”. Cambril ha sostenido que, por ejemplo, Cájar tiene una renta bruta media de 30.291 euros mientras que Granada está por debajo con 29.207 y le siguen muy de cerca Otura con 28.420 euros y Huétor Vega con 26.786 euros.

Por tanto, ha añadido, “¿es justo que Granada lo pague todo, cuando existen barrios en esta ciudad donde la renta es mucho menor que la de los habitantes de estos pueblos?”. De esta manera, “la imposición del canon no solo discrimina a los granadinos y granadinas, sino que lo hace doblemente con las rentas más frágiles de esta ciudad”.

Así, existe otro artículo de la Ley de Aguas en la que se ha amparado el texto de Unidas Podemos, se trata del 92 que regula la progresividad en el coste y que dice que “el canon de mejora podrá consistir en una cantidad fija por usuario, una cantidad variable, que deberá establecerse de forma progresiva y por tramos, en función de los metros cúbicos de agua facturados dentro del período de liquidación que se considere, o bien en la cantidad resultante de la aplicación conjunta de ambas, fijándose, en cada supuesto, en las cuantías necesarias para que la suma de los ingresos obtenidos durante la vigencia de la misma, sean los suficientes para cubrir las inversiones a realizar y, en su caso, los costes financieros que generen las mismas, y sin que su importe total pueda superar el de las tarifas vigentes de abastecimiento y saneamiento del agua”.

“No entendemos cómo PP y PSOE votan contra quienes tienen que defender, o lo entendemos demasiado bien”, ha reprochado el portavoz, quien ha citado el caso de Sebastián Pérez quien, “como presidente del Partido Popular prorrogó el contrato con Emasagra durante 25 años y les propició 1.000 millones de euros de volumen negocio para luego crear la Fundación Agua Granada de la que ahora es gerente a perpetuidad”.

Doble tributación

Esta subida de la factura de los habitantes de Granada supone, además, “una doble tributación puesto que, además de este pago extra en su factura de 5 céntimos por metro cúbico, pueden recibir otras subidas por la vía habitual”. Todo ello, añade UP, durante 15 años para pagar una hipoteca de 10,4 millones que supondrá ahorro a la empresa. “La misma que, desde nuestro punto de vista, es quien tiene que pagar esta inversión ya que cuenta con beneficios de sobra para ello” ha dicho Cambril quien ha recordado que los beneficios brutos de Emasagra entre 2017 y 2021, oscilaron entre los 5,44 millones y los 6,93 millones, mientras que los del socio privado, Hidralia, en el mismo periodo van de los 7,8 millones y los 8,33”.

El concejal ha concluido aseverando que “los granadinos pagan una fiesta donde come y bebe todo el mundo y ni siquiera bajan la basura al acabar”.