El resto de la provincia mantiene el cierre de la actividad no esencial

La Costa y la Alpujarra alivian desde este martes las restricciones

Ciudadanía - M.A. - Martes, 24 de Noviembre de 2020
La medida ha quedado recogida en la nueva normativa publicada en BOJA, de nuevo al límite de su entrada en vigor, y que plasma novedades a tener en cuenta. Te informamos.
Comercios y hostelería de 43 municipios de la Costa y la Alpujarra reabren sus puertas.
Alba Feixas
Comercios y hostelería de 43 municipios de la Costa y la Alpujarra reabren sus puertas.

La provincia de Granada afronta otras dos semanas de duras restricciones. Así, desde las 00:00 horas de este martes 24 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre, junto la limitación de movilidad, por el cierre perimetral de toda la comunidad, de aforo y reuniones, y el toque de queda nocturno establecido entre las 22.00 y las 7.00 horas -medidas de aplicación en todo el territorio-, se mantiene en 131 de los 174 municipios granadinos el cierre de dos de los sectores más importantes para su actividad económica, la hostelería y el comercio. Sólo la Costa y la Alpujarra tendrán un respiro.

La prórroga ya es oficial, tras publicarse en el BOJA, a las 22.00 horas, de nuevo al filo de la hora en la que expiraba la anterior normativa, el decreto del presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, con las medidas generales a cumplir en toda la comunidad para contener la pandemia -que puedes consultar pinchando en este enlace-, y las correspondientes órdenes de la Consejería de Salud y Familias y de su Delegación Territorial en Granada que desarrollan excepciones y particularidades. 

Son estas dos últimas las que se deben tener más en cuenta en la provincia de Granada, porque recogen el alivio que supone, para en torno a 150.000 habitantes de la provincia, que se rebaje el grado de la alerta. Son las que fijan la normativa a cumplir. De esta manera, los 43 pueblos que integran el Distrito Sanitario Sur, que corresponde a las comarcas de la Costa y la Alpujarra, podrán abrir, con limitación horaria, hasta las 18.00 horas, toda la actividad no esencial. Una medida de la que fundamentalmente se beneficia, como se ha señalado, el comercio minorista y la hostelería.

Estos son los 43 municipios donde se alivian las restricciones:

Albondón, Albuñol, Sorvilán, Almuñécar, Jete, Lentejí, Otívar, Alpujarra de la Sierra,; Bérchules, Cádiar, Cástaras, Juviles, Lobras, Murtas, Turón, Gualchos, Lújar; Motril, Polopos, Torrenueva Costa, Vélez de Benaudalla, Almegíjar, Bubión, Busquístar, Cáñar, Capileira, Carataunas, Lanjarón, Órgiva, Pampaneira, Pórtugos, Rubite, Soportújar, La Taha, Torvizcón, Trevélez, Los Guájares, Ítrabo, Molvízar, Salobreña, Nevada, Ugíjar y Válor

El paso de estas localidades al grado 1 de la máxima alerta en la que se encuentra la provincia de Granada viene recogida en una resolución que firma el delegado territorial de Salud, Indalecio Sánchez-Montesinos. 

Puedes consultar el texto completo de la resolución pinchando en este enlace. Fundamentalmente explica que se ha tomado la decisión de mantener el máximo nivel de alerta en la provincia salvo para los municipios antes detallados.

No es la única novedad que viene fijada en la nueva normativa. Porque, como ya anunció Moreno, hay dos gestos con los sectores más afectados por estas restricciones. 

De un lado, una medida que en el caso de Granada sólo será de aplicación a las dos comarcas que abren su actividad no esencial: se trata de la autorización para que las jugueterías puedan permanecer abiertas hasta las 20.00 horas. Así, estos establecimientos -comercios minoristas- no tendrán que cerrar a las 18.00 horas. Se hace ante la proximidad de una de las fechas con más negocio para este sector, como es la Navidad.

Es necesario indicar que Salud y Familias, en su exposición de motivos, llega a anunciar que la modificación afectará a las jugueterías y a aquellos establecimientos dedicados a la venta de productos de papelería y librería. Lo explica así: "Se amplía el horario de actividad de los establecimientos comerciales minoristas para que para que puedan realizar la actividad de venta de productos de juguetería, de librería y papelería hasta las 20:00 horas, en el grado 1". Pero después no lo recoge como disposición. De manera que sólo añade al texto de la orden un nuevo epígrafe, que llevará la letra "t", de aplicación en el grado 1 y redactado de la siguiente manera: "Los establecimientos comerciales minoristas podrán realizar su actividad de venta de juguetes hasta las 20:00 horas siempre y cuando dichos productos se vendieran en estos establecimientos antes de la entrada en vigor de la presente orden".

Será necesario por tanto esperar para comprobar si es o no objeto de corrección. De momento, sólo amplían horario las jugueterías.

Indicación en un establecimiento motrileño de la zona de recogida. alba feixas

De otro lado, la autorización para que los establecimientos de hostelería puedan entregar, en el mismo local, comida para llevar. Ha sido una de las principales quejas del sector en Granada capital. La orden original, publicada el 8 de noviembre por Salud y a la que se han ido añadiendo correcciones y novedades, entre ellas esta última, autorizaba únicamente la entrega a domicilio. Eso hizo que aquellos locales que trataban de entregar pedidos en la puerta de sus establecimientos, en un intento de adaptarse a la difícil situación que atraviesan, fueran apercibidos por la Policía Local. Sólo aquellos con ese tipo de licencias -como churrerías o pollerías- podían hacerlo. 

Y este es el otro gesto, en este caso con la hostelería. A partir de ahora, tanto en grado 1 como en grado 2, "se permite el servicio de comida para llevar". Pero se detalla de distinta manera, según el grado.

Para el grado 1 -más rebajado, y al que se incorporan Costa y Alpujarra- queda redactado así: 

"s) Los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas; igualmente podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21:30 horas.

En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono o en línea y el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento. 

Asimismo, el establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso, deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal o, cuando esto no sea posible, se procederá a la instalación de mostradores o mamparas. 

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en aquellos establecimientos que dispongan de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos, el cliente podrá realizar los pedidos desde su vehículo en el propio establecimiento y proceder a su posterior recogida".

En el caso del grado 2 -resto de la provincia de Granada- se indica de la siguiente manera: 

"1.º) Los servicios de entrega a domicilio que se podrán realizar hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas; igualmente podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21:30 horas. Asimismo, se podrán realizar los servicios de entrega de comida de carácter social o benéfico".

Hay otras 'autorizaciones' incorporadas. A los servicios profesionales autorizados para poder seguir funcionando se añade la actividad de seguros, que hasta ahora había quedado excluida. Se hace también una modificación para los establecimientos que venden comidas de animales. Hasta ahora, la norma sólo libraba del cierre a aquellos dedicados a la venta de comida para "animales de compañía". Ahora se redacta un genérico "alimentos para animales", para incluir a todos, no sólo a los considerados de compañía. 

Puedes consultar, pinchando en el siguiente enlace, el texto completo de las novedades que Salud incorpora a la orden que regula los niveles de alerta.

La Consejería de Salud y Familias justifica estas modificaciones en que las medidas adoptadas "puedan repercutir en determinados sectores económicos con menor dureza".

Estas novedades se suman al contenido de la orden dictada por el departamento de Jesús Aguirre el 8 de noviembre, cuando se decretó por primera vez el cierre de establecimientos y las limitaciones horarias, y a las posteriores correcciones. Añaden por tanto complejidad al texto, que se ha ido modificando desde entonces para rectificar errores, incluir actividades 'olvidadas' y aclarar las prohibiciones. 

Un "seguimiento continuo" de la evolución

En su decreto, Juan Manuel Moreno alega que la prórroga de las restricciones se acuerda "teniendo en cuenta que los datos epidemiológicos siguen confirmando una tendencia ascendente en el número de contagios y casos confirmados de coronavirus (COVID-19) así como un aumento de la presión asistencial". En este contexto, expone, "es preciso continuar adoptando medidas", en el marco del estado de alarma, "para hacer frente a la tasa de contagios entre la ciudadanía andaluza y seguir afrontando con unidad este inmenso reto extremando la responsabilidad estas próximas semanas".

Incide en la importancia de "la adopción concreta de la medida preventiva de salud pública relativa a la restricción a la movilidad de la población", que se toma "a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiólogicos, sociales, económicos y de movilidad".

No hay una alusión específica a que se evaluará la situación de la provincia a la semana, compromiso que adquirió el presidente de la Junta al mantener el duro cierre de la actividad en buena parte de la provincia de Granada. Pero tanto su decreto como la resolución de la Delegación de Salud incluyen las posibilidad de flexibilizar o suspender las limitaciones. También la regresión de las medidas flexibilizadas. Todo ello de acuerdo a la evolución de los indicadores sanitarios. 

Al respecto del seguimiento, la resolución de la Delegación Territorial, que igualmente prorroga las restricciones hasta el 10 de diciembre, después del Puente, precisa lo siguiente: "El Comité Territorial de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizará el seguimiento continuo de la situación epidemiológica e informará sobre la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las medidas, a efectos de evaluar el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas". 

El alcalde de Granada, Luis Salvador, ya anticipó este lunes que ve muy difícil que puedan levantarse las prohibiciones para hostelería y comercio antes del puente.

Consulta en los siguientes enlaces la orden de Salud y Familias publicada el 8 de noviembre y sus correcciones:

Más información sobre la pandemia: