El Gobierno andaluz descarta los aislamientos selectivos al no verlos "necesarios"

La Junta ordena ahora el cierre nocturno de playas ya acordado por municipios, suprime la barra libre en bodas y 'protege' más las residencias

Ciudadanía - IndeGranada - Martes, 1 de Septiembre de 2020
Con el objetivo de "reducir los riesgos de contagio y transmisión".
Espectacular imagen de la playa de Calahonda en una jornada de agosto.
Alba Feixas
Espectacular imagen de la playa de Calahonda en una jornada de agosto.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes nuevas restricciones con el objetivo de "reducir los riesgos de contagio y transmisión del Covid-19" en un momento en el que se han disparado en la comunidad. Entre las medidas, que se incorporan a la Orden del 19 de junio, modificándola, destaca el cierre nocturno de playas, exceptuando para la pesca y otras actividades individuales, así como los servicios de restauración.

Lo que plantea ahora la Junta es que los municipios mantengan cerradas las playas entre las 21.30 y las 7.00 horas, una medida ya acordada por ayuntamientos del litoral. La orden llega, además, en septiembre, una vez que el ya de por sí mermado movimento turístico de este año decaerá aún más. 

El cierre nocturno de playas es una de las medidas destacadas acordadas en la reunión del Consejo de Gobierno en el que el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, ha vuelto a insistir en que no ve necesarios aislamientos selectivos, como plantean alcaldes. Respeta, ha dicho, esas decisiones, pero ha insistido en que no es una medida que baraje la Junta. "Si hay que hacerlo, se hará", ha precisado no obstante. De momento, ve suficiente la capacidad de rastreo y el hecho de que no haya situaciones de transmisión comunitaria.

Este martes, según los datos del Gobierno andaluz, la tasa de incidencia en Andalucía es de 102,64 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días, un dato por cierto que la Junta ha evitado hacer público precisamente en las últimas semanas. Desde el fin del confinamiento publicaba cada semana un informe con esta tasa por provincias que ha cortado al repuntar los positivos coincidiendo con los días fuertes para el turismo en verano.

Más medidas para las residencias tras los cinco últimos brotes

Las nuevas medidas afectan también a las residencias de personas mayores, donde la Junta ha declarado cinco brotes. Dos de ellos en centros de Almería, uno en Mairena del Aljarafe (Sevilla), otro en Luque (Córdoba) y el de Benalúa. 

Así, se suspenden las visitas en centros en los que exista, al menos, un caso confirmado de Covid-19 o más de tres casos en sospecha. Esta suspensión se mantendrá hasta 28 días después de la fecha de diagnóstico del último caso. En el resto de situaciones, las visitas de familias estarán permitidas si la situación epidemiológica no indica restricción alguna y se realizarán garantizando por parte del centro el escalonamiento a lo largo del día.

Asimismo, si la incidencia acumulada en los últimos 14 días es superior a 50 por 100.000 habitantes, se determinará la suspensión de visitas. Esta valoración también dependerá de los datos de incidencia a nivel local.

Por otro lado, también se suspenderán las salidas para paseos y vacaciones (inferiores a 10 días) de los usuarios en aquellos centros donde exista al menos un caso confirmado de Covid-19 o más de tres casos en sospecha, hasta conocer resultados de las pruebas. En todo caso, se determinará la restricción o suspensión de las salidas si la incidencia acumulada en los últimos 14 días es superior a 30 por 100.000 habitantes en el municipio correspondiente. No obstante, se podrán facilitar los paseos en casos excepcionales con fines terapéuticos para preservar la salud mental de las personas con las consiguientes medidas de prevención, al igual que si dichas salidas se producen por otros motivos ineludibles.

En el caso de los ingresos y regresos a los centros, éstos se producirán siempre que no se registren casos positivos en los últimos 14 días y se realizarán PCR en las 72 horas previas. Una vez en el centro, se guardará cuarentena como medida de prevención. En el caso de una salida voluntaria, el usuario debe permanecer estable y sin síntomas, con prueba serológica negativa y en cuarentena de 14 días en su domicilio. No obstante, si el reingreso se produce por parte de un usuario procedente de un centro hospitalario, este debe contar con PCR negativa y realizar la consecuente cuarentena posterior en la residencia con vigilancia activa ante posibles síntomas; en el caso de que la prueba fuese positiva, se trasladará el usuario a un centro residencial que ya cuente con algún caso confirmado con Covid-19.

Por último, se establece que cada centro residencial deberá implementar un plan de humanización para paliar los efectos negativos que el aislamiento puede generar en la capacidad física, cognitiva y emocional de las personas institucionalizadas.

Por otra parte, se mantiene la apertura de los centros de día, centros ocupacionales y centros no residenciales de carácter asimilado siempre que no exista ningún caso confirmado o la situación epidemiológica indique restricción. En este caso, se suspenderán las actividades presenciales, promoviendo la continuidad del servicio a través de vías telemáticas.

Al igual que en residencias de mayores, los usuarios ingresarán o retornarán a los centros una vez que se les haya efectuado PCR en las 72 horas previas al ingreso.

Menos aforo en las bodas y sin barra libre

La nueva modificación de la Orden también recoge cambios en el área de hostelería y celebración de eventos. En este caso, se establece que los salones de celebraciones tendrán un máximo del 75% del aforo, con celebraciones que no superarán las 150 personas al aire libre y 100 en espacios cerrados y que deben cumplir con los horarios previstos para hostelería. Asimismo, el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en mesa.

De igual modo, podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar el 75% del aforo y manteniendo la distancia interpersonal establecida, el uso de mascarilla y la estricta higiene de manos. Estos eventos podrán realizar su actividad hasta la 1.00 horas y la ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas. En los eventos multitudinarios que se celebren en espacios cerrados y concentren a más de 200 personas o 300 personas si son al aire libre, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria.

Aunque la información recogida en la referencia sobre el Consejo de Gobierno no se menciona, en la rueda de prensa el consejero Aguirre ha citado entre los eventos que deben contar con autorización sanitaria ha citado también los cines. 

Podrán realizarse actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil cuando éstas se lleven a cabo al aire libre con un aforo máximo del 75% o 150 participantes. De realizarse en un espacio interior, el aforo no superará el 50% de la capacidad, hasta un máximo de 100 participantes, incluyendo los monitores.

Por su parte, las actividades de animación o clases grupales en alojamientos turísticos tendrán un aforo máximo de 15 personas, respetando distancia de seguridad y uso de mascarilla, y se realizarán preferentemente al aire libre. Las actividades de turismo activo y de naturaleza se podrán realizar en grupos de hasta 30 personas y en aquellas actividades con guía turístico no se superarán los 20 participantes.